Por: Enric Duran
El poder económico ha dedicado muchos esfuerzos e hacer que las personas que no pagan las deudas con el banco sean vistas como personas a rechazar socialmente, pero esta no es más que otra de las formas de manipulación que tiene el sistema frente a las acciones que considera que le perjudican. En cambio, la persona morosa, aunque llegue a serlo por errores en la gestión de su dinero, deja de ser parte del sistema consumista y eso le da un potencial para aprender a vivir de otra manera.
En un momento de crisis aguda y en que los morosos somos millones de personas, si nos organizamos podemos ser parte activa de este gran cambio social que cada vez más personas encuentran necesario. La morosidad puede gestionarse con ética. De la misma manera que consideramos consumidor responsable a aquella persona que consume como decisión política en relación a aquellas maneras de comprar que no perjudican a las personas y el planeta, una persona, a la vez que deja de pagar sus deudas, puede escoger a quién se las paga y a quién no, de acuerdo a criterios similares.
Así, puedes pagar primero a tus amigos si les debes dinero y a tus proveedores que sean empresas pequeñas y medianas, dejando de pagar impuestos al Estado y sobre todo a las multinacionales y a los bancos.
Algunas respuestas para desmitificar el impago de deudas.
Para empezar, es importante saber que deber dinero no fi gura como delito en el código penal, es solo un incumplimiento de contrato que depende del código civil. Así, debes olvidar la asociación juicio-delincuente. No eres ningún delincuente. Eres libre de viajar a donde quieras, como quieras y cuando quieras.
Dejar de pagar créditos sólo te cierra las puertas a pedir nuevos créditos y puede producir el embargo de tus cuentas o de tu nómina, y de bienes presentes y futuros. Pero no te pueden embargar todo tu dinero o tus ingresos, ni mucho menos. La ley tiene previsto unos bienes e ingresos que son inembargables.
¿Qué cantidad me embargarán de la nómina?
(También para pensión, autónomos, bajas y paradas.) En el caso que la nómina esté por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI), esta se puede embargar. Para el año 2009, el SMI es de 624 euros.
Por encima de esta cantidad se embarga según los tramos que defi ne el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), lo que habitualmente será mucho menos de lo que pagas a los bancos: Sean 20 deudas o sea 1, entre todos los acreedores no pueden embargarte más que esta cantidad.
¿Cuándo pueden echarme de casa y cuándo no?
En líneas generales, sólo te pueden echar de casa si:
- Dejas de pagar la hipoteca.
- No tienes hipoteca, pero la deuda es de una cantidad suficientemente grande en relación al valor del piso.
Cuando se embarga un piso hipotecado por préstamos personales o tarjetas, pueden embargarlo y llevarlo a subasta sin poder incluir la cantidad que ya está hipotecada. Quien se haga con este título de propiedad subastado tendrá que negociar con el propietario hipotecado, pudiendo vender su parte, comprando el resto de la casa o acordando su división proporcional.
Si no estás de acuerdo con lo que te quieren embargar porque tienes otro bien más barato y menos molesto que cubriría la deuda, el artículo 592 de la LEC te da el derecho a reclamar que se cambie un embargo por otro. En el caso que sea demasiado difícil establecer este criterio, el artículo 592 también incluye un orden de prioridades de embargo que podemos reclamar al juez si se incumplen.
Embargo de una cuenta El embargo de una cuenta en un banco a causa de una deuda con otro banco es válido cuando, y sólo cuando, la ejecución que ordena el juez incluye la cantidad máxima que se puede embargar. Si no,
hay que denunciarla por ejecución ilegal. Si te bloquean la cuenta en tu banco sin orden judicial, lo habrán hecho porque tienes abierta la cuenta en una entidad donde debes dinero. Si te olvidas de esta cuenta y abres otra en una entidad diferente donde no tengas deudas, no tendrás este problema. Si alguien te ayuda, puedes ponerte sólo como persona autorizada en esta nueva cuenta a fin de estar más segura.
Otros consejos personales.
* Si no puedes más: deja de pagar inmediatamente todas las tarjetas y créditos, prioriza tu salud y las necesidades básicas de tu familia antes de pagar las deudas a los bancos.
* Si sois una pareja casada y uno o ambos tenéis deudas que vais a dejar de pagar, es importante que estéis en régimen de separación de bienes, porque os podrían embargar las dos nóminas y, además, sumarían las cantidades antes de calcular la cantidad embargada. La separación de bienes la podéis hacer de mutuo acuerdo delante de un notario y no os podrá costar más de 150 euros.
* Antes de vender o cambiar de nombre un coche para que no te embarguen, comprueba en Tráfico si tiene reserva de dominio. Los coches con reserva de dominio no se pueden vender sin cancelar la deuda.
* No hagas caso de las llamadas telefónicas ni de las cartas que llegarán en un futuro, por muy amenazadoras que sean. Hay diferentes maneras de librarte de las llamadas: consulta la web.
* Si avisan a tus vecinos, puedes denunciarlos por
vulnerar la ley de protección de datos.
* Asume tan pronto como puedas una nueva vida financiera. Sin préstamos bancarios, ni tarjetas, ni compras a plazos. Se puede vivir bien, te lo aseguramos.
Los morosos a bancos son millones, si nos organizamos podemos tener una segunda oportunidad sin bancos ni embargos
Juicio civil
Ante un juicio civil, muchas personas pueden acceder a la justicia gratuita y no lo saben. Los ingresos mensuales máximos por unidad familiar para acceder a la justicia gratuita varían entre los 1.000 y los 2.000 euros mensuales según el territorio.
Presentarte al juicio no es obligatorio, pero si quieres estar y recibir apoyo, puedes convocar a gente desde la web indicada más abajo.
Estas cuestiones son parte de las preguntas y respuestas frecuentes sobre como no pagar deudas que el Colectivo Crisis ha puesto a disposición pública en el apartado de comunidad de morosos de la web http://www.17-s.info/es/morosos.
En este enlace podéis encontrar más información y personas dispuestas a ayudar y a aclarar vuestras dudas.
Organizarnos en cooperativas nos puede servir para vivir sin
bancos y sin preocuparnos de nuestras antiguas deudas.
- El embargo de una persona incluye sus participaciones sociales en empresas, pero tiene una excepción: la aportación social a una cooperativa no es embargable según consta en las diversas leyes de cooperativas.
- Aquella propiedad que pasa a ser de una cooperativa donde los estatutos impiden la especulación y el lucro, es una propiedad que sale del capitalismo y del Estado y pasa a ser un bien común. Una herramienta de las propuestas de alternativas que encontrarás en las páginas siguientes.
- Para todas aquellas personas que quieran empezar un proceso de transición para salir del capitalismo, pero que no se sientan tan seguras como para vivir sólo con relaciones de confi anza, la forma legal de la cooperativa les permite irse concienciando y vinculando a las alternativas, sin haber renunciado a un marco jurídico de relaciones.
De esta forma, se pueden convertir en una herramienta jurídica clave de la transición para superar el sistema. Si te interesa esta opción, te recomendamos que leas “Los tres cerditos y el lobo crisis” y “Una propuesta para empezar a vivir de otras formas”, con proyectos concretos en esta línea: la cooperativa de hogares de cesión de uso y la cooperativa integral.
seraslibre@sincapitalismo.net Fuente: http://www.podem.cat/
DOCUMENTAL – INSUBMIS A LA BANCA
Sinopsis:
Durant més de dos anys, l’activista català Enric Duran ha obtingut préstecs per un total de 492.000€ de 39 entitats bancàries i ha destinat els diners, segons diu, als moviments socials que miren de construir alternatives. La qüestió és que ha anunciat públicament que no pensa tornar els diners i defineix la seva acció com un acte d’insubmissió a la banca, com una nova forma de desobediència civil.
Aquest documental proposa una reflexió sobre la seva acció on el propi Enric Duran hi participa amb una auto-entrevista que ha enviat als autors.
Comentari dels autors:
Amb “Insubmís a la banca” hem volgut acostar-nos a l’Enric Duran -dins les possibilitats que la situació legal del nostre protagonista ens han permès- per desxifrar els seus motius, contextualitzar l’acció i conèixer la seva opinió envers el món que ens envolta. I sobretot fer-ho abans que es dilueixi en la nostre societat de l’espectacle on ens toca viure.
Ja fa bastants anys que coneixíem l’Enric Duran. Apropar-se als moviments socials a Catalunya significava trobar-se’l tard o d’hora, treballant de manera infatigable. El 17 de setembre de 2008 va aparèixer una nova publicació gratuïta amb continguts alternatius: “Crisi”. El més sorprenent és que a les pàgines centrals, l’Enric Duran va fer pública una acció de desobediència a la banca que ningú no hauria imaginat, un acció directa que ens fa pensar tant en Thoreau, com en les expropiacions dels anarquistes del passat fusionades amb tècniques, valors i mitjans del segle XXI. Ens vam quedar bocabadats.
Por: Elisenda Trilla y M. Martí Freixas
Fuente: http://sda.blip.tv/






3 Comentarios en “¿Debes dinero al banco? Si no pagas serás libre”